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Disponer de un botiquín en una piscina es importante para atender cualquier accidente que así lo requiera.
En primer lugar, se trata de un recurso básico para el socorrista. Es necesario tener a su alcance todos los elementos indispensables para atender de manera inmediata a una víctima de accidente o controlar de manera eficaz cualquier enfermedad que se manifieste de forma repentina.
En segundo lugar, dado que esta primera atención puede ser determinante para salvar vidas, hace que su caracter sea obligatorio. Así lo recoge el artículo 28 del Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo (Boletín Oficial del País Vasco – BOPV).
«En todas las piscinas existirá un local dedicado exclusivamente a la prestación de primeros auxilios que contará con la dotación y el equipamiento mínimo señalado en el Anexo IV.»
Equipamiento del botiquín de una piscina
Según el Anexo IV del artículo 28 del Decreto 32/2003 que mencionamos, los elementos mínimos con los que debe contar el local y botiquín en una piscina son:
En el caso del botiquín de urgencia o primeros auxilios, deberá contener:
Equipamiento adicional recomendado
Además del equipamiento obligatorio, ¿debería disponer el botiquín de material adicional para atender las urgencias y emergencias?
Portar el material indicado por la ley, además de ser obligatorio, es útil para realizar una atención básica. Sin embargo, existe equipamiento muy útil para cubrir determinadas necesidades que debería estar también disponible para el servicio de socorrismo.
A continuación, te indicamos equipamiento adicional recomendado que puedes añadir en el botiquín de tu piscina aunque, en ningún caso, obligatorios por el Decreto.

¿Es obligatorio tener un desfibrilador (DEA o DESA) en el botiquín de la piscina de mi comunidad de vecinos?
La normativa sobre la instalación y el uso de desfibriladores es competencia de cada Comunidad Autónoma, siendo éstas quienes lo regulan.
En Euskadi, el Decreto 9/2015, de 27 de enero, por el que se regula la instalación y uso de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos, no indica nada acerca de dicha obligatoriedad en las urbanizaciones y comunidades de vecinos. Ni siquiera si hay piscina comunitaria en ellas.
No obstante, debemos ser conscientes que puede salvar una vida en caso de parada cardiorrespiratoria, siendo de vital importancia tenerlo cerca.
Ante esto, cada vez es más frecuente que las comunidades de vecinos opten por ser un Espacio Cardioprotegido, instalando un desfibrilador en la urbanización.
¿Necesitas completar el botiquín de tu comunidad de vecinos?
Desde el CESS ofrecemos soluciones tanto en la administración de material como en el servicio más completo de salvamento y socorrismo.
Cubrimos todas las necesidades para que dispongas de las herramientas y materiales que debería tener al alcance el/los socorrista/s de tu urbanización o comunidad de vecinos.
Además, contamos con un equipo de socorristas profesionales formados y actualizados para mejorar la seguridad de tu piscina.
Si quieres conocer cómo trabajamos o solicitar presupuesto, no dudes en ponerte en contacto a través del siguiente formulario.